SII: Suministro de otras operaciones de trascendencia tributaria con carácter anual - Querry S.A.

  • Inicio
  • SII: Suministro de otras operaciones de trascendencia tributaria con carácter anual

Cobros en metálico de más de 6000 euros. 

Recuerde que, con carácter anual, y dentro del plazo de presentación del último periodo de liquidación del año natural, esto es, a lo largo del mes de enero,  se ha de informar a la AEAT de forma agrupada respecto de cada una de las personas o entidades con las que hubieran efectuado las siguientes operaciones:

  • Importes superiores a 6.000 euros recibidos en metálico de la misma persona o
    entidad por las operaciones realizadas durante el año natural.
  • Operaciones de seguros en los términos previstos en los artículos 32.c) y 33.1 del
    RD 1065/2007 (solo entidades aseguradoras),
  • Información suministrada por agencias de viajes sobre las compras correspondientes a las prestaciones de servicios en cuya realización intervienen
    actuando como mediadoras en nombre y por cuenta ajena a que se refiere el
    apartado 7.b) de la disposición adicional cuarta del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre.

Los importes superiores a 6000 euros percibidos en metálico, podrá informarlos desde GestorSII, bien leyendo el archivo CSV con la información de los mismos, bien introduciendo éstos manualmente en la pestaña destinada a ello.

Si la información se lee desde Ares7, se obtendrán de los importes calculados en el modelo 347.

En la ayuda de GestorSII encontrará información al respecto del formato del archivo CSV y dentro de  la carpeta “Manual” donde se encuentre instalada  la aplicación,  un ejemplo del archivo CSV.

Se recuerda que aquellas entidades que presentan el SII no están obligados a presentar el modelo 390, pero sí han de informar en la última declaración del año del modelo 303, el anexo con el resumen del IVA para sujetos pasivos exonerados de presentar dicho modelo, así como marcar las casillas “Exonerados en la declaración anual de IVA” y “Existe volumen de operaciones (art. 121 LIVA)”de dicho  modelo 303.